PAQUETE DE FAQs: Publicidad y difusión

Advertencia: El siguiente artículo sigue conteniendo* trazas de normativa europea. Léanlo bajo su propia responsabilidad.

Es final de año y la gente empieza a cosechar los frutos de los esfuerzos que ha ido realizando durante el año.

La navidad se acerca, la gente sonríe por la calle, empiezan a llegar las resoluciones de las subvenciones tramitadas y nuestros clientes cobran, de forma que el dinero llega a sus bolsillos después de todo el proceso de las subvenciones, ¡por fin!.

Pero, si no se cumplen todas las obligaciones adquiridas a la hora de tramitar una subvención, este bonito cuento de navidad se puede transformar en una pesadilla antes de navidad, en la que un Grinch llamado “administración pública”, te puede quitar la subvención recibida y ¡adiós regalos navideños!

Si bien los compromisos adquiridos en cada ayuda suelen variar dependiendo de para qué se solicite, todas las ayudas tienen un componente común: las obligaciones de publicidad y difusión.

No es extraño encontrar pequeños carteles y letreros que digan algo al estilo «esta obra está siendo cofinanciada con fondos procedentes de la UE”, cuando vamos caminando tranquilamente por la calle.

Estos carteles, no son un mero agradecimiento u homenaje a quien haya pagado las obras, sino una acción englobada dentro de las obligaciones de publicidad y difusión que conlleva recibir una subvención y, si no las llevas al día, puede ser tan grave que te obliguen a devolver el dinero recibido con intereses y sanción.

A principios de año, publicando un artículo hablando al respecto de estas obligaciones. Desde entonces, hemos recibido muchas preguntas al respecto, así que os traemos un recopilatorio de los “Grandes éxitos”:

Pero Fran, ¿de verdad por no poner un cartelito me pueden obligar a devolver toda la ayuda?

No sólo pueden obligar, sino que lo harán.

En las propias bases y convocatorias de las diferentes ayudas se establecen las obligaciones y las consecuencias de no cumplirlas.

El proceso en el cual os encontraréis, es el siguiente: Si no se realizan correctamente las acciones correspondientes para cumplir con la obligación de transparencia, os llegará un requerimiento dando un plazo para subsanar. Si el requerimiento no se atiende, puede llegarse a catalogar como un incumplimiento muy grave, y os veáis obligados a tener que devolver la subvención de forma íntegra, y asumir la multa de turno (que puede llegar hasta 100.000 euros y la prohibición de obtener subvenciones durante un periodo máximo de tres años).

Vale, me has convencido. Y ahora, ¿de dónde saco este cartelito y dónde he de ponerlos?

Nosotros nos encargamos de enviaros estos carteles informativos.

No existe un cartel común, ya que cada ayuda tiene su órgano gestor y su origen de fondos es diferente (y sí, poner un cartel mal es como no poner un cartel).

No os preocupéis, porque cuando es necesario, nosotros os pasamos el cartel correspondiente y os damos las directrices correspondientes para el correcto cumplimiento.

¿Y esto donde lo tengo que poner?

Pues depende de lo que establezca cada convocatoria y dependiendo de la ayuda que solicites, tendrás que ponerlo en un sitio u otro (nosotros te diremos dónde y cómo).

La regla habitual es la colocación de un cartel físico en las instalaciones, y un banner en vuestra página web. Ocasionalmente también pedirán que sea en las redes sociales.

Esta ayuda la he recibido por algo que yo he hecho, ¿por qué tengo que decirlo y que sepa todo el mundo o mis trabajadores que la he recibido?

La lógica a esta respuesta es la siguiente: Estáis recibiendo dinero público para un uso privado. La Unión Europea establece el principio de responsabilidad y transparencia como uno de sus pilares fundamentales.

Al contrario de la creencia popular, las ayudas y su concesión es información pública y accesible, por lo que cualquier persona puede ver qué ayudas ha recibido una empresa y en base a qué.

¿Esto lo comprueban de verdad?

Sí. Esto lo comprueban de verdad y se lo toman muy enserio. La Administración Pública, para recibir fondos con los que poder gestionar proyectos, debe gestionar todos los proyectos y ayudas correctamente si quieren seguir recibiendo dinero de administraciones superiores.

¿Dónde me pone esto, a ver que yo lo vea?

No te preocupes, Juan Carlos. En Proyectos Amaltea, estamos para ayudarte. Si quieres ver dónde pone todo esto que te he dicho para que puedas comprobar con tus ojos que lo que te decimos es correcto, este es el ordenamiento legal relacionado con este texto para que lo puedas disfrutar leyéndolo entero y saques tus propias conclusiones:

  • Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
  • Ley 1/2022, de 13 de abril, de la Generalitat, de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunitat Valenciana.
  • Decreto 105/2017, de 28 de julio, del Consell, de desarrollo de la Ley 2/2015, de 2 de abril, de la Generalitat, en materia de transparencia y de regulación del Consejo de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Las bases de la convocatoria de turno
  • Reglamento (CE) número 1049/2001, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión
  • Directiva (UE) 2019/1024 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a los datos abiertos y la reutilización de la información del sector público
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público

Con este artículo, queremos explicaros que la gestión de la ayuda va más allá del solicitar y recibir dinero, y eso en Amaltea lo sabemos muy bien. Nuestra filosofía es ir partido a partido (paso a paso), asegurándonos de que en todo momento disponéis de la información necesaria y los pasos a seguir para cumplir con todos los requisitos, responsabilidades y obligaciones que comporta recibir dinero de subvenciones.  Para cualquier duda, te atenderemos encantados.

FRAN FERRER
Técnico de Proyectos Amaltea

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